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Poder Legislativo

En la clásica división de Poderes del Estado inspirada en la obra “Espíritu de las Leyes” del barón de Montesquie, Honduras es un modelo de Estado Moderno. Con la declaración de Independencia de 1821 y la formación de la República Federal, Honduras asume la forma republicana, democrática y representativa. El 5 de noviembre de 1838, Honduras se declara un Estado Soberano, Libre e Independiente. Con esos antecedentes todas las Constituciones Políticas formuladas a lo largo de su historia desde 1825 a 1982 (12 vigentes y 4 federales), el Poder Legislativo se ejerce por un Congreso de Diputados que son elegidos por el voto directo de sus ciudadanos. La representación de la soberanía popular la ostenta el Congreso en virtud de una delegación del pueblo. Actualmente los diputados son electos por un periodo de 4 años y con opción a reelegirse. Son 128 diputados propietarios y sus respectivos suplentes que integran el Poder Legislativo. Se instala el 23 de enero después de las elecciones generales de noviembre último para elegir la Directiva y tomar la promesa al ciudadano Presidente de la República. Al suscribir Honduras el Protocolo de Constitución del Parlamento Centroamericano se eligen Diputados (20 en total) para integrar ese foro regional con sede en la ciudad de Guatemala.
 

El artículo 205 de la Constitución Política con vigencia desde el 20 de enero de 1982 establece las funciones del poder legislativo. Es potestad del Congreso Nacional, entre otras:
Elegir la Corte Suprema de Justicia integrada por 15 Magistrados para un periodo de 7 años.
Elegir el Procurador y Sub Procurador General de la República por 4 años
Elegir el Fiscal General del Estado y el Fiscal Adjunto para un periodo de 5 años.
Elegir los 3 Magistrados del Tribunal Superior de Cuentas por un periodo de 7 años.
Elegir los 3 Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública por un periodo de 5 años.
Elegir el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos por un periodo de 5 años.
Elegir el Superintendente de Concesiones por 5 años.
Elegir el Procurador y sub-Procurador del Ambiente.
Elegir el Director y subdirectores del Registro Nacional de las Personas.
Aprobar los Tratados y Convenciones que Honduras suscriba con otros Estados y organismos internacionales.

 

El Congreso tiene su sede en la ciudad capital de la República y tiene potestad para celebrar Sesiones en cualquier parte del territorio nacional. En el periodo de receso del poder legislativo se constituye una Comisión Permanente para tratar los temas que le son sometidos a su consideración y recibir los proyectos de ley que requiera el país para su mejor organización y desarrollo.

Junta Directiva del Congreso Nacional 2014 - 2018

La moción fue presentada por el diputado por Olancho, Reinaldo Sánchez, proponiendo la junta directiva integrada por Mauricio Oliva como presidente; Gladis Aurora López en la vicepresidencia I; Lena Gutiérrez en la vicepresidencia II; Antonio Rivera Callejas en la vicepresidencia III; Milton Puerto en la vicepresidencia IV; Miguel Edgardo Martínez Pineda en la vicepresidencia V; Augusto Cruz Asensio en la vicepresidencia VI y Edwin Pavón en la vicepresidencia VII.

Asimismo,  Mario Pérez como secretario, Tomás Zambrano como pro-secretario I y Román Villeda como pro-secretario II.

Como vicepresidentes alternos figuran Rolando Dubón Bueso, Ramón Antonio Leva Bulnes y José Vicente León Rojas. Además como secretarios alternos se nombró a José María Martínez y Wilmer Velásquez.

Inmediatamente, la moción se sometió a discusión y fue aprobada por los 76 diputados de las bancadas de los partidos Nacional, Liberal, Unificación Democrática y Democracia Cristiana, que previamente habían  suscrito la moción dando el respaldo a la nueva directiva .

El parlamento unicameral está integrado por 128 congresistas, 48 del Partido Nacional, 27 del Partido Liberal, 37 de Libertad y Refundacion (Libre), 13 del Partido Anticorrupción (Pac), uno de la Democracia Cristiana, uno de Unificación Democrática) y uno del Partido Innovación y Unidad (Pinu).

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